Estas son las restricciones que regirán hasta el 21 de mayo

El territorio nacional se verá dividido en cuatro áreas según el riesgo epidemiológico de cada sector.

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Esta mañana, el presidente de la Nación, Alberto Fernández, anunció las nuevas restricciones para aplacar y reducir los casos positivos de COVID-19 en el país.

Las nuevas medidas estarán vigentes desde mañana, 1° de mayo, hasta el día 21 inclusive.

En conferencia desde Casa Rosada (CABA), Fernández expresó que ahora, el territorio nacional se verá dividido en cuatro zonas según el nivel de riesgo epidemiológico que cada área afronte: (1) Situación de bajo riesgo sanitario, (2) Riesgo medio a nivel sanitario y epidemiológico, (3) Alto riesgo epidemiológico y sanitario, (4) Zonas en alarma epidemiológica y sanitaria.

Restricciones

Dependerán de tres factores:

  • RAZÓN: Según el aumento de casos en los últimos 14 días.
  • INCIDENCIA: Dependiendo de la cantidad de casos sobre población.
  • OCUPACIÓN DE CAMAS: En la Unidad de Terapia Intensiva (UTI).

Medidas generales que aplican a todo el país

  • Se suspenden los viajes grupales de egresados y egresadas, de estudio y de grupos turísticos.
  • Se suspenden las reuniones sociales de más de 10 personas.
  • Se suspende la asistencia al trabajo para aquellas personas que pertenezcan a grupos de riesgo.

Medidas para zonas en alarma epidemiológica y sanitaria

  • Quedan suspendidas las actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas en lugares cerrados.
  • Quedan suspendidas las actividades en shoppings y centros comerciales.
  • Los locales comerciales no podrán abrir sus puertas entre las 19 horas y las 06 del otro día, con excepción de los esenciales con horario nocturno.
  • Los locales gastronómicos operarán después de las 19 horas con envíos a domicilio. Durante el día, solo podrán atender en espacios habilitados al aire libre.
  • Quedan suspendidas las clases presenciales y serán exclusivamente con modalidad web, a distancia. Además, se suspenden las actividades educativas no escolares presenciales en todos los niveles.
  • Queda prohibida la circulación entre las 20 horas y las 06 de la mañana.
  • Quedan prohibidos los deportes grupales.
  • Se suspende la actividad en bingos, casinos, discotecas y salones de fiesta.
  • El transporte público será exclusivamente para aquellas personas autorizadas y/o esenciales.

Medidas para zonas de alto riesgo

*De más de 40.000 habitantes. Y con los siguientes indicadores: (RAZÓN) MAYOR A 1.20 e, (INCIDENCIA) MAYOR A 150/ 100.000 habitantes:

  • Quedan suspendidas las actividades sociales en domicilios particulares, salvo que se requiera asistencia de personas que precisen especiales cuidados.
  • Quedan suspendidas las reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 10 personas.
  • La práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de 10 personas.
  • Los bares y restaurantes deberán cerrar a partir de las 23 horas.
  • Queda prohibida la circulación entre las 00 horas y las 06 de la mañana (según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar).
  • Se establece un aforo de 30% para eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos, cines, teatros, clubes, centros culturales y afines; locales gastronómicos; gimnasios.
  • Se suspende la actividad en bingos, casinos, discotecas y salones de fiesta.

Medidas para zonas de riesgo medio

*De más de 40 habitantes. Y con los siguientes indicadores: (RAZÓN) 0.8 a 1.2 e, (INCIDENCIA) entre 50 a 150 casos c/ 100.000 habitantes.

  • Es facultad y responsabilidad de gobernadores/as adoptar en forma temprana medidas que disminuyan la circulación para prevenir los contagios.
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