Los inscriptos en el monotributo tienen plazo realizar la primera recategorización del 2023 hasta el 23 de enero. El trámite es obligatorio para definir el monto de la cuota que se pagará durante los próximos seis meses.
Los contribuyentes deberán realizar la operación a través de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para evaluar o no si existe un cambio de escala por la facturación máxima de los últimos 12 meses. La segunda recategorización se hará en el mes de julio.
En primer lugar, habrá que tener en cuenta la actividad del último año u otros parámetros como la superficie afectada, los alquileres devengados anualmente o el consumo de energía eléctrica.
Desde el inicio del año entraron en vigencia las nuevas escalas con la actualización semestral de los ingresos brutos, y para evaluar si corresponde una recategorización. El tope máximo para las categorías más bajas (A, B y C) subió en 2023 en torno al 114% en la comparación interanual, mientras la D lo hizo en torno al 93% y el resto (de la E a la K) en 72,6%.