Compras en dólares: ¿Cómo pedir la devolución del 35% a la AFIP?

El organismo fiscal comienza a devolver desde hoy la retención por las operaciones del año pasado a quienes no son contribuyentes de Ganancias ni de Bienes Personales.

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó el trámite para devolver las percepciones del impuesto a las Ganancias a todos aquellos que compraron divisas o efectuaron consumos en moneda extranjera durante el año pasado. Esto está destinado a todas aquellas personas que no paguen el Impuesto a las Ganancias o el Impuesto sobre los Bienes Personales.

La devolución contará con una importante pérdida en el valor original por la situación inflacionaria que registra la Argentina, cercana al 80% el último año. La misma consiste en una alícuota del 35% para la compra de moneda extranjera que se devolverá en tandas.

Para poder solicitarlo hay que ingresar a la página de la AFIP (www.afip.gob.ar) e ingresar  con clave fiscal al servicio “Devolución de percepciones”. Luego  se debe seleccionar la opción “Devolución de percepciones”en caso de no aparecer este servicio se tiene que habilitar utilizando la opción “Administrador de Relaciones de Clave Fiscal”.

En cuanto a los requisitos para realizar el trámite es necesario contar con: Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT), clave fiscal, Informar a la AFIP la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de la cuenta bancaria donde se quiere recibir la devolución, contar con la cancelación de deudas para después poder acreditarse lo percibido y contar con Domicilio Fiscal Electrónico.

 

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