Los bancos ya no pedirán fe de vida para pagar jubilaciones y pensiones

A partir del martes 25 de julio, entra en vigencia la ley 27.721 que exime a las entidades bancarias de pedir ese requisito para abonar los haberes jubilatorios.

Comparte

La medida beneficia a unos 7,3 millones de jubilados y pensionados registrados en el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y beneficiarios de pensiones no contributivas a cargo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses).

La ley 27.721 fue publicada en el Boletín Oficial el 17 de julio y, al no especificar una fecha de entrada en vigencia, esta se produce al octavo día de su publicación, es decir el próximo martes 25 de julio.

De este modo, los beneficiarios de jubilaciones y pensiones no tendrán que presentar periódicamente certificados de supervivencia para cobrar sus haberes. En la práctica, algunos bancos ya no pedían este requisito porque contaban con otros medios para verificar que el beneficiario estuviera con vida.

El primero en hacerlo fue el Banco de la Provincia de Buenos Aires que, desde 2019, comenzó a tener sus bases de datos en línea con el Registro Nacional de las Personas (Renaper). Otras entidades utilizan como validación alguna compra realizada con tarjeta de débito.

La fe de vida es un trámite que deben realizar los beneficiarios de jubilaciones y pensiones para que la Anses certifique que están vivos. Para obtenerla, hay que presentarse en la Anses sin turno previo o en la caja del banco al momento de cobrar la jubilación. También se puede obtener en los cajeros automáticos que cuenten con lector de huella digital.

Ir arriba Señal en vivo
California 2715/21 - Distrito de Diseño, Barracas - (1289)
Ciudad Autónoma de Buenos Aires | +54 11 5985-4000 / +54 11 7091-4000