Uruguay reabrirá sus fronteras bajo estas condiciones

Además de los requisitos formales, se encuentra bajo observación la actualización de la situación del virus en Argentina para oficializar el ingreso.

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El país limítrofe volvería a habilitar el ingreso de extranjeros a partir del 1° de septiembre, dependiendo de la situación sanitaria en Argentina.

Aquellos que tendrán permitido volver a Uruguay serán los propietarios de inmuebles y sus familiares, de primer y segundo grado de consanguinidad, que estén vacunados contra el Covid.

El Poder Ejecutivo estableció por decreto la siguiente excepción al cierre parcial de fronteras:

  • Extranjeros que sean propietarios de inmuebles, titulares de participaciones sociales o acciones de personas jurídicas y beneficiarios finales de bienes inmuebles ubicados en Uruguay.
  • Incluye a: cónyuges o concubinos del propietario y familiares del primer (hijos, padres) y segundo grado de consanguinidad (abuelos, hermanos, nietos).
  • Tienen que acreditar estar inmunizados contra el Covid.
  • Sugieren que los propietarios realicen los trámites de Residencia Legal Permanente Mercosur en el país para evitar verse afectados por medidas que limiten nuevamente su ingreso a Uruguay.

Situaciones aún bajo análisis:

Las autoridades de Uruguay proponen estudiar a detalle todos los conceptos, casos concretos y saber el derecho de ingreso de cada familiar y cómo acreditarlo.

Un claro ejemplo sería la situación de propiedad de una persona que adquirió el inmueble en comunidad de bienes, pero titulado a nombre un solo cónyuge.

En ese caso se estudiaría qué sucede con los parientes de aquel que no tiene el bien a su nombre.

Requisitos para ingresar:

1-    Los propietarios y titulares de participaciones o acciones y beneficiarios finales de bienes inmuebles ubicados en Uruguay deberán presentar un Certificado Notarial emitido por un escribano en Uruguay o realizar una declaración jurada de los bienes en Uruguay.

2-    Personas jurídicas que sean titulares de inmuebles, es decir, organizaciones constituidas para alcanzar determinados fines que exceden de las posibilidades del individuo: socios de sociedades, accionistas, beneficiarios finales, con declaración presentada en el Banco Central del Uruguay.

3-    El titular de los inmuebles y familiares deberán demostrar que están inmunizados con alguna vacuna contra el Covid, con una o dos dosis, depende el tipo de vacuna, dentro de los últimos seis meses previos al embarque.

4-    Los ciudadanos extranjeros menores a 18 años, que provengan de un país en que no se hayan aprobado ningún tipo de vacuna para su franja etaria, deberán cumplir con el aislamiento preventivo de 7 días más un hisopado negativo o 14 días de cuarentena, y su familia deberá guardar el mismo aislamiento que haya realizado el menor.

5-    Los viajantes deberán presentar un test PCR negativo previo a viajar, sin necesidad de hacer cuarentena, contando la excepción anterior.

6-   Presentar las declaraciones juradas para acreditar: propietario, socio o accionista o beneficiarios finales de inmuebles en Uruguay.

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