Pacientes de riesgo no tendrán que volver a trabajar presencialmente tras vacunarse

El Gobierno derogó la resolución que obligaba a pacientes de riesgo a trabajar de manera presencial tras 14 días de recibir la vacuna.

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El Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) firmado por el presidente Alberto Fernández derogó la resolución que obligaba a embarazadas, personas mayores de 60 años y de riesgo a volver a la presencialidad laboral 14 días después de haberse vacunado contra el coronavirus.

Esta medida formó parte de las restricciones para las próximas dos semanas que anunció el Gobierno con el objetivo de aplacar la ola de contagios que fue incrementando en los últimos días.

El Decreto N° 235/21 hizo un cambio en el artículo 7° en donde define las DISPENSAS DEL DEBER DE ASISTENCIA AL LUGAR DE TRABAJO.

“Mantiénese, por el plazo previsto en el presente decreto, la suspensión del deber de asistencia al lugar de trabajo para las personas alcanzadas por los términos de la Resolución Nº 207/20, prorrogada por la Resolución Nº 296/20, y modificada por la Resolución N° 60/21, todas del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL de la Nación, sus normas complementarias y modificatorias y las que en lo sucesivo se dicten”, detalla.

El artículo aclara también que: “los trabajadores y las trabajadoras del sector privado que fueran dispensados o dispensadas del deber de asistencia al lugar de trabajo, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo precedente, recibirán una compensación no remunerativa equivalente a su remuneración habitual, neta de aportes y contribuciones al Sistema de Seguridad Social“.

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