Milei endureció la política migratoria: podrán expulsar a extranjeros que insulten a la Argentina

Marcelo Longobardi analizó el decreto firmado por Javier Milei que habilita la expulsión de extranjeros que inciten al odio contra los argentinos o ultrajen los símbolos patrios. La medida fue oficializada tras la campaña antiargentina que surgió durante el Mundial.

Comparte

En una nueva entrega de ‘Longobardi’, Marcelo Longobardi abordó la decisión del presidente Javier Milei de endurecer la política migratoria tras la denominada “campaña antiargentina” que surgió durante la participación de la Selección Argentina en el Mundial. En ese contexto, el mandatario firmó un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que incorpora una nueva causal para impedir el ingreso o disponer la expulsión de extranjeros que promuevan mensajes de odio, discriminación o violencia contra el pueblo argentino o que ultrajen los símbolos patrios.

El Decreto 681/2026, publicado en el Boletín Oficial, establece que podrán ser alcanzados por la medida quienes hayan dirigido mensajes de odio, de manera oral o escrita, contra la Argentina o sus ciudadanos por motivos de nacionalidad. También contempla a quienes participen o inciten actos de ultraje contra los símbolos nacionales. Según informó la Oficina del Presidente, la defensa de la Nación, de sus ciudadanos y de sus emblemas constituye un principio “innegociable” para el Gobierno nacional.

En los fundamentos del decreto, el Poder Ejecutivo recordó que la Argentina mantuvo históricamente una política de apertura hacia los extranjeros, aunque remarcó que la soberanía del Estado permite fijar condiciones de ingreso, permanencia y expulsión para proteger el orden público, la seguridad interior y la cohesión social. En esa línea, el comunicado oficial sostuvo: “Quien ataque a la República Argentina no es bienvenido en nuestro país”, al justificar el endurecimiento de las normas migratorias.

La nueva disposición establece que los extranjeros comprendidos en estas conductas no podrán ingresar al país y que quienes ya residan en territorio argentino podrán perder su residencia y ser intimados a abandonar el país o ser expulsados. Además, el artículo 3 del decreto dispone que la cancelación de la residencia podrá derivar en la expulsión, teniendo en cuenta las circunstancias personales de cada caso, conforme a lo previsto por la legislación migratoria vigente.

Al tratarse de un Decreto de Necesidad y Urgencia, la medida deberá ser remitida a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso, que contará con un plazo de diez días hábiles para expedirse sobre su validez o invalidez antes de elevar un dictamen a ambas cámaras. De esta manera, el Gobierno reforzó su postura respecto de quiénes podrán permanecer en el territorio nacional y sostuvo que cualquier ataque contra la Argentina o sus símbolos será motivo suficiente para impedir el ingreso o disponer la expulsión de un ciudadano extranjero.

 

 

 

 

 

Mirá el programa completo de ‘Longobardi’ del  30/07/2026📺: 

Ir arriba Señal en vivo
California 2715/21 - Distrito de Diseño, Barracas - (1289)
Ciudad Autónoma de Buenos Aires | +54 11 5985-4000 / +54 11 7091-4000