En una nueva entrega de ‘Tarde de brujas’, Ana Laura Román y sus ‘brujitas’ abrieron el debate acerca de un audio que se volvió viral en redes, donde un hombre manifestaba su profundo malestar por tener que ceder el 50% de sus ingresos a su exesposa e hijos tras la disolución del matrimonio.
Para entender mejor las obligaciones post-ruptura, el equipo contó con la participación de la abogada Belén Conci, quien explicó punto por punto qué implica una compensación económica según la ley argentina.
La especialista aclaró que esta figura legal busca equilibrar la situación patrimonial de los cónyuges cuando el divorcio produce un desequilibrio económico en perjuicio de uno de ellos, causado por la dedicación a la crianza o al hogar durante el matrimonio.
La Dra. hizo hincapié en la fundamental diferenciación entre el matrimonio y la unión convivencial (concubinato) respecto a los derechos económicos. En el matrimonio, la compensación económica es un derecho que surge por ley cuando se comprueba el desequilibrio, y la división de bienes (gananciales) es automática. En cambio, en la unión convivencial, este derecho no opera de forma automática, sino que debe ser pactado previamente o demostrarse una afectación económica severa a través de un Pacto de Convivencia. La abogada subrayó que la compensación es independiente de la cuota alimentaria (la cual es un derecho de los hijos) y solo se otorga a la ex pareja bajo ciertas condiciones.
La especialista insistió en la importancia de legalizar los vínculos, ya sea a través del matrimonio o del registro de la unión convivencial mediante un pacto escrito ya que esto garantiza que, una vez disuelta la relación, se puedan ejercer los derechos correspondientes para ambas partes, protegiendo especialmente a quien abandonó su carrera o su desarrollo profesional para dedicarse al hogar o a la familia.