Natalia Denegri y el “Derecho al olvido”: La Corte Suprema falló en su contra
El caso judicial de la actriz contra los buscadores de internet tuvo un revés inesperado y el martes se conoció el veredicto. La artista había reclamado que Google desvinculara su nombre de las notas y videos que se refieren al "Caso Cóppola".
El martes 28, la Corte Suprema de Justicia revocó la sentencia de la Cámara Civil que había fallado en favor de Natalia Denegri para que los buscadores de internet no vinculen su nombre con publicaciones asociadas al “Caso Cóppola”. La artista apelará la resolución judicial ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
La sentencia de la Cámara Civil quedó sin efecto ya que el fallo fue unánime, por lo que el solicitado “Derecho al olvido” ya no tiene lugar. Respecto de esto, la Corte Suprema consideró que “afecta la libertad de expresión y el derecho social a la información en un Estado democrático” puesto que dejaría “precedente” para la “censura previa y la arbitrariedad”.
Según sostuvo el fallo de la Corte, la propia presentadora de tevé se expuso voluntariamente en los programas de televisión en medio del escándalo del exrepresentante de Diego Maradona, lo que “generó gran interés en la sociedad”.
“El mero paso del tiempo de una noticia o información que formó parte del debate público no justifica su eliminación ya que ello pone en serio riesgo la historia como también el ejercicio de la memoria social que se nutre de los diferentes hechos de la cultura, aun cuando el pasado resulte inaceptable y ofensivo para los estándares de la actualidad“, detallaron.
También sostuvieron que no es “un argumento válido” que una información sea desagradable por las expresiones indignantes o desmesuradas del debate público porque en ese caso todo podría depender de la subjetividad de los gustos o sensibilidades del tribunal de justicia.