La ANMAT prohibió una marca de agua, un aceite de oliva y una miel
a través de distintas disposiciones, el ornanismo retiró del mercado estos productos por distintas infracciones a la normativa alimentaria vigente.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) decidió prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en toda la Argentina de un agua de mar, un aceite de oliva y una miel. Las decisiones se informaron a través de una serie de Disposiciones publicadas este martes en el Boletín Oficial.
Según la Disposición 1031/2022, el organismo prohibió el “Aceite de Oliva extra virgen, marca Los Olivos, Cont. Neto 1000 cc, RNPA N° 13007137, Vto. Diciembre 2023, Elaborado y envasado por: RNE N° 12001875, Sierras de Córdoba” porque no cumpliría con la normativa alimentaria vigente. El alimento no tenía “autorización de establecimiento y producto” y estaba “falsamente rotulado al consignar en su rótulo un número de RNE y de RNPA inexistentes resultando, en consecuencia, ilegal”.
El siguiente producto: “Agua de mar”, 100% pura marca Biendemar – Somos agua de mar, Cont. Neto 5 L, Envasada en Villa Gesell, provincia de Buenos Aires, Argentina, RNE/ RNPA (Trámite en proceso), con el logo de alimento libre de gluten” a través de la Disposición 1032/2022 ya que “no cumpliría la normativa vigente”. El organismo precisó que esta bebida carecía “de registros sanitarios” y contenía el logo oficial de Alimento Libre de Gluten “sin estar autorizado, resultando ser un producto falsamente rotulado y en consecuencia ilegal”.
Por último, la ANMAT ordenó frenar “la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional” de la “Miel de Monte y Multifloral”, marca Néctar Serrano, elaborada por David Medina Ibarbalz N° 1181, Córdoba Análisis Municipal N°: 77676. Según la Disposición 1034/2022, el envase del producto carecía “de registros sanitarios” y no indicaba la leyenda “No suministrar a niños menores de 1 año”, resultando ser “un producto ilegal”.