Los votos cerrados dentro del cuarto oscuro no serán impugnados
Es falso que se impugnarán los votos que sean cerrados.
En las últimas semanas mucho se habló sobre los protocolos que hay que tener en cuenta para votar en las PASO 2021. Si bien desde la Cámara Nacional Electoral (CNE) y de la Justicia Nacional Electoral explicaron que no era recomendable que los votantes cerraran los sobres con saliva, alegaron que esos votos no serán impugnados.
“Es falso. Las causas de nulidad de un voto están previstas en el Código Electoral Nacional y esa no es una de ellas”, aseguró Hernán Gonçalves Figueiredo, secretario de Actuación Judicial de la CNE en diálogo con Chequeado.
Esa información comenzó a circular en los últimos días a través de WhatsApp y preocupó a las autoridades de la Cámara Nacional Electoral. “Cuando vayan a votar si llevan voligoma no peguen el sobre en el cuarto oscuro, lo tienen que hacer delante del presidente de mesa porque sino se sobreentiende que uno lo cerró con la lengua, con la saliva, y es un sobre que potencialmente puede contagiar. Ese sobre, si viene cerrado del cuarto oscuro, viene impugnado. Me lo pasó una persona que va a ser presidente de mesa”, decía uno de los mensajes falsos.
Cuándo un voto es nulo
En su artículo 114, el Código Electoral Nacional explicita que las causas de nulidad del voto son: “Cuando: 1. No hubiere acta de elección de la mesa o certificado de escrutinio firmado por las autoridades del comicio y 2 fiscales, por lo menos. 2. Hubiera sido maliciosamente alterada el acta o, a falta de ella, el certificado de escrutinio no contare con los recaudos mínimos preestablecidos. 3. El número de sufragantes consignados en el acta o, en su defecto, en el certificado de escrutinio, difiriera en 5 sobres o más del número de sobres utilizados y remitidos por el presidente de mesa”.